5. Especificaciones
5.1 Disposiciones generales
5.1.1 La atención de una mujer con
emergencia obstétrica debe ser prioritaria, y proporcionarse en
cualquier unidad de salud de los
sectores público, social y privado. Una vez
que no se ponga en peligro la vida de
la madre y el recién nacido, se procederá a
efectuar la referencia a la unidad que
le corresponda.
5.1.2 En la atención a la madre
durante el embarazo y el parto debe de vigilarse estrechamente la
prescripción y uso de medicamentos.
5.1.3 La atención a la mujer durante
el embarazo, parto y puerperio y al recién nacido debe ser
impartida con calidad y calidez en la
atención.
5.1.6
Las actividades que se deben realizar durante el control prenatal son:
- elaboración de historia clínica;
- identificación de signos y síntomas
de alarma.
- medición y registro de peso y talla.
- medición y registro de presión
arterial.
- valoración del riesgo obstétrico;
- valoración del crecimiento uterino y
estado de salud del feto;
- determinación de biometría hemática
completa, glucemia y VDRL.
- determinación del grupo sanguíneo
ABO y Rho.
- detección del virus VIH en mujeres
de alto riesgo
- prescripción profiláctica de hierro
y ácido fólico;
- aplicación de al menos dos dosis de
toxoide
- promoción de la lactancia materna
exclusiva;
- promoción y orientación sobre
planificación familiar;
- medidas de autocuidado de la salud;
5.2
Atención del embarazo
5.2.1 Para establecer el diagnóstico
de embarazo no se deben emplear estudios radiológicos ni
administrar medicamentos hormonales.
5.2.2 El control prenatal debe estar
dirigido a la detección y control de factores de riesgo obstétrico,
5.2.3 La unidad de salud debe promover
que la embarazada de bajo riesgo reciba como mínimo
cinco consultas prenatales:
1ra. consulta: en el transcurso de las
primeras 12 semanas
2a. consulta: entre la 22 - 24 semanas
3a. consulta: entre la 27 - 29 semanas
4a. consulta: entre la 33 - 35 semanas
5a. consulta: entre la 38 - 40 semanas
5.3.2.1 Los procedimientos preventivos
deben incluir, la orientación a la mujer embarazada para la
prevención y para identificar los signos
de alarma y buscar la atención médica oportuna.
5.4
Atención del parto
5.4.1.1 A toda mujer que ingrese para
atención obstétrica se le elaborará, en su caso, el
expediente clínico, la historia
clínica, así como el partograma;
5.4.1.2 Durante el trabajo de parto
normal, se propiciará la deambulación alternada con reposo en
posición de sentada y decúbito lateral
para mejorar el trabajo de parto, las condiciones del feto y de
la madre
5.4.1.3 No debe llevarse a cabo el
empleo rutinario de analgésicos, sedantes y anestesia durante
el trabajo de parto normal
5.4.1.4 No debe aplicarse de manera
rutinaria la inducción y conducción del trabajo de parto
normal, ni la ruptura artificial de
las membranas con el solo motivo de aprontar el parto
5.4.1.7 El rasurado del vello púbico y
la aplicación de enema evacuante, durante el trabajo de parto
debe realizarse por indicación médica
e informando a la mujer;
5.4.1.8 La episiotomía debe
practicarse sólo por personal médico calificado
5.4.2 El control del trabajo de parto
normal debe incluir:
5.4.2.1 La verificación y registro de
la contractilidad uterina y el latido cardiaco fetal, antes, durante
y después de la contracción uterina al
menos cada 30 minutos;
5.4.2.2 La verificación y registro del
progreso de la dilatación cervical a través de exploraciones
vaginales racionales
5.4.2.3 El registro del pulso, tensión
arterial y temperatura como mínimo cada cuatro horas,
considerando la evolución clínica;
5.4.3 Para la atención del periodo
expulsivo normal se debe efectuar el aseo perineal y de la cara
interna de los muslos y no se debe
hacer presión sobre el útero para acelerar la expulsión.
.5.4.5 Los datos correspondientes al
resultado del parto deben ser consignados en el expediente
clínico y en el carnet perinatal
materno incluyendo al menos los siguientes datos:
- Tipo de parto;
- Fecha y hora del nacimiento;
- Condiciones del recién nacido al
nacimiento: sexo, peso, longitud, perímetro cefálico, edad gestacional,
diagnóstico de salud y administración de vacunas;
- Inicio de alimentación a seno
materno;
- En su caso, método de planificación
familiar posparto elegido.
5.5
Atención del puerperio
5.5.1 Puerperio Inmediato: (primeras
24 horas posparto normal)
5.5.1.3 En los primeros 30 minutos el
inicio de la lactancia materna exclusiva en aquellas mujeres
cuyas condiciones lo permitan
5.5.1.4 En las primeras dos horas la
verificación de normalidad del pulso, tensión arterial y
temperatura, del sangrado
transvaginal, tono y tamaño del útero y la presencia de la micción.
Posteriormente cada 8 horas.
5.5.1.5 En las primeras 6 horas
favorecer la deambulación, la alimentación normal y la hidratación,
5.5.1.7 Durante el internamiento y
antes del alta, orientar a la madre sobre los cuidados del recién.
5.5.1.9
Puerperio Mediato: (2o. al 7o. día) y tardío (8o. a 42o. día)
- Se vigilará la involución uterina,
los loquios, la tensión arterial, el pulso y la temperatura;
- Se orientará a la madre en los
cuidados del recién nacido, la lactancia materna exclusiva, sobre
métodos de planificación familiar, la
alimentación materna y acerca de los cambios emocionales
que pueden presentarse durante el
postparto.
5.6
Atención del recién nacido
5.6.1 La atención del recién nacido
vivo implica la asistencia en el momento del nacimiento, así
como el control a los 7 días y a los
28 días.
5.6.2 Toda unidad médica con atención
obstétrica deberá tener normados procedimientos para la
atención del recién nacido que
incluyan reanimación, manejo del cordón umbilical, prevención de
cuadros hemorrágicos con el empleo de
vitamina K 1 mg. intramuscular y la prevención de la
oftalmía purulenta, examen físico y de
antropometría (peso, longitud y perímetro cefálico), tablas
para la valoración, así como para
valorar la edad
gestacional, madurez física y madurez,
vacunación BCG y antipoliomielítica, el alojamiento conjunto madre/hijo y la
lactancia materna
exclusiva;
5.10
Promoción de la salud materno-infantil
5.10.1 La promoción de la salud se
debe llevar a cabo en la comunidad y en la unidad de salud, de
los sectores público y social y en su
caso el privado
5.10.1.1 Importancia de la mujer y la
madre en el autocuidado de la salud personal y familiar;
5.10.1.2 Importancia y beneficios del
control prenatal;
5.10.1.4 Orientación e información a
la madre sobre el uso de medicamentos durante el embarazo
y la lactancia con efectos indeseables
en el feto o en el niño;
5.10.1.7 Signos del inicio del parto y
conducta ante los mismos;
5.10.1.8 Cuidados del recién nacido y
signos de alarma que requieren atención médica urgente;
5.10.1.9 Importancia de la vigilancia
nutricional del crecimiento y desarrollo en las diferentes etapas
del niño;
5.10.1.10 Prevención y control de
enfermedades diarreicas y manejo del sobre vida suero oral;
5.10.1.11 Prevención de las infecciones
agudas de vías respiratorias;
5.10.1.12 Esquema de vacunación;
5.10.1.13 Planificación familiar desde
el control prenatal e información de los métodos posparto;
5.10.1.14 Prevención del retraso
mental por hipotiroidismo congénito;
5.10.1.15 Prevención del bajo peso al
nacimiento;
5.10.1.16 Información sobre los
cambios físicos y emocionales de la embarazada;
5.10.1.17 Importancia de la participación de la pareja
y/o la familia durante el proceso grávidopuerperal
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